Declaración sobre los problemas de la extensión radical de la vida

En el sistema de las normas jurídicas internacionales, el derecho a la vida es un valor humano fundamental. Nosotros, los ciudadanos y los fundadores del
estado extraterritorial descentralizado Vitaspace, así como los participantes del proyecto  Vitacoin , creemos que el envejecimiento y la muerte violan claramente este derecho, e instamos a todas las personas a que se unan en torno a la idea de la extensión radical de la vida.

Teniendo en cuenta que la población en todo el mundo está envejeciendo y muriendo a un ritmo sin precedentes, 

teniendo en cuenta también que absolutamente todas las personas y estados tienen que unirse en la lucha contra dos enemigos, le vejez y la muerte, y declarar primordial esta tarea,

reconociendo  que el envejecimiento es una enfermedad que representa una gran amenaza para la vida humana,

siendo conscientes de que se necesitan cambios fundamentales en las políticas de todos los estados con respecto a las medidas para prevenir y tratar el envejecimiento y las enfermedades relacionadas con la edad,

reconociendo también que se requieren cambios significativos en la conciencia humana con respecto al envejecimiento y la muerte como fenómenos inevitables y obligatorios en la vida humana,

los ciudadanos de Vitaspace y los participantes del proyecto Vitacoin proclaman la presente Declaración sobre los problemas de la extensión radical de la vida como un desafío  para lograr el cual todos los seres humanos y gobiernos de todos los países deben esforzarse.

I. Derechos del ser humano a la extensión radical de la vida

Artículo 1

Toda persona, independientemente de su raza, género, idioma, religión, creencias políticas o de otro tipo, origen nacional o social, posición económica, clase social u otra posición tiene el derecho a una larga vida sin enfermedades. Nadie puede quitarle este derecho a la persona.

Artículo 2

El envejecimiento es una enfermedad, igual que otras. Por lo tanto, todos tienen derecho a combatirlo, luchar por un mejor estado de salud y lograrlo, usar todos los recursos posibles para esto, y en el caso de que se invente un medicamento, obtenerlo.

Artículo 3

La persona tiene derecho a no soportar la inevitabilidad de la vejez y cualquier otro estereotipo negativo sobre el envejecimiento, a no admitir que la muerte es un final obligatorio e inevitable de la vida.

Artículo 4

  1. La persona tiene derecho a cambiar el "programa" evolutivo y no seguir el curso "natural" de la vida biológica, sino elegir la dirección de este movimiento, es decir, hacer todo lo posible para frenar el proceso de envejecimiento, prolongar la vida y la juventud.
  2. El ser humano tiene derecho a que se le apliquen las últimas tecnologías médicas efectivas, que incluyen herramientas de terapia génica, medicina regenerativa, nanotecnologías y a recibir asistencia de especialistas altamente calificados.
  3. El ser humano tiene derecho a cualquier cambio de su propio cuerpo que lo ayude a prolongar la vida y mantenerse joven por más tiempo, pero solo si el método utilizado está aprobado y no daña a nadie.
  4. Los especialistas, a su vez, tienen derecho a aplicar varios métodos, dirigidos a aumentar la esperanza de vida, con el consentimiento por escrito del paciente previamente informado.

Artículo 5

  1. La persona tiene derecho a recibir información confiable sobre los últimos avances en la medicina, gerontología, genética y otras ciencias, de una forma u otra relacionadas con el envejecimiento, la extensión de la vida y la juventud, así como sobre cómo usar adecuadamente los recursos propios del cuerpo para mejorar la salud y aumentar la esperanza de la vida.
  2. La persona tiene derecho a aplicar todos estos conocimientos en la práctica.

Artículo 6

  1. Nadie puede ser expuesto a condenación/castigo/persecución/expulsión por el deseo de vivir más y por las acciones que han sido, son o serán tomadas para ralentizar el proceso de envejecimiento.
  2. Toda persona tiene derecho a defender sus intereses con respecto al envejecimiento y al aumento de la esperanza de vida.

Artículo 7

Los científicos tienen derecho a realizar cualquier investigación dirigida a derrotar el envejecimiento, prolongar la juventud y aumentar la esperanza de vida de los humanos y la humanidad en general.

Artículo 8

En algunos casos, uno tiene que enfrentar objeciones relacionadas con el aumento de la esperanza de vida: por ejemplo, como por ejemplo la afirmación de que una vida larga conducirá al aburrimiento, perderá su sentido y etc. Dado que las declaraciones similares son de naturaleza subjetiva, el ser humano tiene el derecho a decidir que le trae alegría, le da sentido a la vida y etc.

Artículo 9

La persona tiene derecho a unirse a una comunidad de intereses, unir sus fuerzas, ideas y recursos con aquellos que también están interesados en superar el envejecimiento y prolongar la vida activa, con el fin de encontrar soluciones exitosas y garantizar un futuro mejor para todos.

Artículo 10

El ser humano tiene derecho a participar en la creación y el apoyo de proyectos científicos, la implementación de programas, la financiación dirigida de nuevos desarrollos para la extensión radical de la vida, y también alentar a los medios de comunicación a desempeñar un papel clave en la información sobre los problemas del envejecimiento, la extensión de la vida y la juventud de la población.

II. Iniciativas de extensión radical de la vida

Los ciudadanos de Vitaspace y los participantes del proyecto Vitacoin reconocen  la necesidad de una estrategia práctica para la acción sobre la extensión radical de la vida e impulsan a la comunidad internacional a apoyar iniciativas para abordar estos problemas. Entre ellos:

  1. el reconocimiento de la extensión radical de la vida y la juventud como una oportunidad real, y no como una meta inalcanzable;
  2. expansión de la comunidad internacional: unión de científicos, representantes de los medios de comunicación, empresarios comerciales, miembros de agencias gubernamentales, así como de todas las personas interesadas en torno a la idea de una extensión radical de la vida y de la juventud;
  3. creación de un Centro científico internacional: la principal plataforma global para el desarrollo de medicamentos y tecnologías para la extensión radical de la vida, que combina los esfuerzos de diversos campos de la ciencia, como la medicina, los productos farmacéuticos, la biotecnología, TI, la informática, la inteligencia artificial, la robótica y etc.;
  4. creación del Fondo Fiduciario sobre los problemas de la extensión radical de la vida como fuente de apoyo para el centro Científico internacional;
  5. popularización de conocimientos sobre la extensión radical de la vida: apoyo de los medios de comunicación en masa, literatura científica popular, conferencias científicas, conferencias y otros, a fin de garantizar una amplia difusión de información confiable relacionada con los problemas de la extensión radical de la vida entre la población;
  6. garantía de la disponibilidad de estos conocimientos para todos los segmentos de la población (por ejemplo, provisión de acceso gratuito a todos los artículos científicos sobre la extensión de la vida y de la juventud);
  7. propaganda de la extensión de la vida activa y saludable y de la juventud en instituciones gubernamentales y no gubernamentales;
  8. establecimiento del tema de la extensión radical de la vida como el más importante en todos los grandes eventos científicos;
  9. creación de una base de investigación científica acerca de la extensión radical de la vida en una sola plataforma;
  10. creación de una organización especializada de pacientes que permitirá probar las últimas formas no invasivas de prolongar la vida en poco tiempo;
  11. contribución a la cooperación interétnica y al intercambio de conocimientos y recursos entre los estados para la implementación de proyectos y programas para prolongar la vida y la juventud;
  12. motivación de la población a cambiar las actitudes tradicionales hacia el envejecimiento y la muerte;
  13. ánimo de la población a desarrollar cualidades físicas, sociales y espirituales relacionadas con la extensión de la vida y la juventud;
  14. educación de una nueva personalidad: una que no solo conoce cómo vivir, sino que también sabe vivir en un mundo donde no hay límites de edad, donde un longevo no es una carga para la familia o el estado, donde se puede llevar una vida activa incluso a los 150 años.